sábado, 24 de febrero de 2018

El Matrimonio según los Padres de la Iglesia - 3 de 5


«“El estudio de los Padres[1], de gran utilidad para todos, es de necesidad imperiosa para aquellos que tienen a pecho la renovación teológica, pastoral y espiritual promovida por el Concilio y quieren cooperar en la misma[2]. El pensamiento patrístico es cristocéntrico[3]; es ejemplo de una teología unificada, viva y madurada en contacto con los problemas del ministerio pastoral[4]; es un óptimo modelo de catequesis[5], fuente para el conocimiento de la Sagrada Escritura y de la Tradición[6], así como también del hombre total y de la verdadera identidad cristiana”[7]. Los Padres, “en efecto, son una estructura estable de la Iglesia, y para la Iglesia de todos los tiempos cumplen una función perenne. De modo que todo anuncio o magisterio posterior, si quiere ser auténtico, debe confrontarse con su anuncio y su magisterio; todo carisma y todo ministerio debe encontrar la fuente vital de su paternidad; y toda piedra nueva añadida al edificio… debe asentarse sobre las estructuras ya establecidas por ellos y en ellas afirmarse y compenetrarse.”[8]»[9]
Por lo tanto, el conocimiento de los Padres de la Iglesia es y permanecerá para siempre sumamente actual. Del mismo modo que la Iglesia no puede prescindir de la Sagrada Escritura, leída en su integridad, in sinu Ecclesiae, de la misma manera no puede omitir la referencia constante a la Tradición de la Iglesia, que se manifiesta sobre todo en las enseñanzas continuas de los Santos Padres. La profunda crisis de la Iglesia actual se debe, en definitiva, a la destrucción sistemática de estos dos pilares, que son las fuentes constitutivas de la revelación.
No puede haber mejor renovación pastoral que la de imitar a aquellos que fueron por antonomasia Pastores. No puede haber mejor renovación teológica que seguir las huellas de aquellos que se dejaron inspirar por el Divino Espíritu. No puede existir una más profunda vida espiritual que la de reproducir a aquellos que fueron capaces de dar su sangre, o de ir al destierro, o de aceptar con alegría infinidad de privaciones por ser fieles a la letra y al espíritu del Evangelio. No por nada en la inmensa mayoría de ellos converge el Pastor, el teólogo y el Santo.
Para conocer las referencias del trabajo, tanto los títulos como los números marginales, del mismo modo que una explicación más profunda de la importancia de la doctrina patrística, ver aquí el primer artículo. El presente es una continuación del anterior, que puede consultarse aquí. Sólo vuelvo a reiterar que algunos textos patrísticos aparecen repetidos, para facilitar su ubicación según los títulos que aparecen en el Enchiridion Patristicum, de Rouët de Journel.

El matrimonio realiza un vínculo absolutamente indisoluble
Pastor de Hermas, 140/155[10]
86         Mand. 4, 1, 4. Yo le digo: “Señor, permíteme que te interrogue un poco”. “Dime”, me dice. “Señor, dije, si el que tiene mujer fiel en el Señor y la sorprende en adulterio con otro, ¿acaso peca el marido, si convive con ella?” 5. “Mientras que lo ignore, dice, no peca; pero si el marido conoce su pecado y la mujer no hace penitencia, sino que permanece en su fornicación y convive el marido con ella, se hace partícipe de su pecado y es compañero de su adulterio.” 6. “Por lo tanto, digo, ¿qué debe hacer el marido, si su esposa permanece en esta afección?” “Que la expulse, dice, y el esposo que permanezca consigo; ‘pues si expulsa a su mujer y se une a otra, él mismo comete adulterio’ [Mc. 10, 11; Mt. 19, 9]”.

San Justino
Apología I, 150/155
119     15. Acerca de la castidad solamente se dice: “El que mira a una mujer y la desea, ya ha adulterado en su corazón frente a Dios…” [Mt. 5, 28], y: “El que conduce a la repudiada a otro varón, la hace adúltera…” [Mt. 5, 32]… De tal modo que también los que tienen un doble matrimonio según la ley humana, así como los que miran a una mujer para desearla, son pecadores para nuestro Maestro. Pues ante Él no sólo es rechazado el que adultera con sus obras, sino también el que quiere adulterar; de tal modo que ante Dios son evidentes no sólo los hechos, sino incluso los pensamientos.

Clemente de Alejandría, cerca de 150 – 211/215
Stromata, 208/211
420     II, 23, 145, 3. El que observando la Escritura toma a su mujer, y no le permite separarse nunca de su cónyuge, abiertamente guarda la ley: “No expulses a tu mujer, excepto a causa de fornicación” [cf. Mt. 5, 32; 19, 9]; pues se estima como adulterio a los cónyuges en su propio matrimonio, mientras uno de los que se ha separado vive con otro… 146, 2. Dice: “El que recibe a una mujer expulsada, adultera” [Mt. 19, 9; Lc. 16, 18], pues dice “si alguien expulsa a su mujer, la hace que se adultere” [cf. Mt. 10, 11], esto es, la obliga a adulterar. 3. No sólo el que despide a su mujer es causa de su adulterio, sino también el que la recibe, exponiendo a la mujer en ocasión de adulterio; pues si no fuese recibida, se volvería hacia su esposo.

Orígenes, 185/186 – 254/255
Comentario al Evangelio según san Mateo, después del 244
506     Tom. 14, n. 23. Pues ya, contra la ley de la Escritura, ciertos rectores de la Iglesia permiten que la mujer se case, viviendo su esposo; realizan esto en contra de lo que está escrito, en el que se dice: “La mujer está ligada a su esposo mientras él vive” [1 Cor. 7, 39], y también: “Por lo tanto, viviendo su esposo, la mujer será llamada adúltera si estuviera con otro varón” [Rom. 7, 3]; y con absoluta razón, dado que lo natural se compara con aquello que se lleva a todas partes, lo que hace volver a las cosas mandadas y escritas desde el principio, frente a las peores costumbres.

507     Tom. 14, n. 24. También el que se abstiene de esposa, obra a veces como el que comete adulterio, cuando da satisfacción a su libido, aunque el que lo hace sea conducido a una especie de mayor santidad o castidad; y quizá es digno de mayor reprensión aún el que, en cuanto está en posesión de sí, obra repudiándola para que adultere no satisfaciéndola, haciendo que cometa estupro sin causa, salvo los repudiados a causa de la magia, del asesinato o de algo muy grave que le hace daño. Del mismo modo es adúltera la esposa, aunque parezca que se ha casado con otro hombre, el cual hasta el presente está vivo; así también el varón que ha conducido a la repudiada debe ser llamado no como el mismo marido sino como adúltero, como lo ha demostrado nuestro Salvador.

Lactancio
Instituciones Divinas, 305/310
642     L. VI, c. 23, n. 33. Para que no se piense que se pueden circunscribir los divinos preceptos, son añadidos aquellos, para que toda calumnia y ocasión de fraude sea removida, es llamado adúltero el que conduce hacia sí a la repudiada por su marido, y el que repudió a su mujer excepto en el caso del crimen del adulterio, para conducirse hacia otra [Mt. 5, 32; 19, 9]; pues Dios no quiere que el cuerpo sea disociado y arrastrado en diversas direcciones.

San Hilario, cerca de 315 – 366
Comentario al Evangelio según san Mateo, 353 – 355
854     C. II, n. 22. Pues está escrito: El que despide a su mujer, que le dé un repudio, etc.” [Mt. 5, 31]. El que concilia la equidad en todos, manda que ella permanezca máximamente en la paz del matrimonio y añadiendo más numerosas leyes, sin merecer nada. Ni verdaderamente puede demostrarse la partida. Pues aunque la ley atribuyese la libertad de dar un repudio por la autoridad del libelo, ahora la fe evangélica no sólo indicó al marido la voluntad de paz, sino que también impuso el verdadero reato de unión en el adulterio de la mujer, si se ha de casar con otro por la necesidad de la partida, sin prescribir ninguna otra causa para terminar con el cónyuge, la que está manchada con la sociedad de la esposa como el varón con la prostituta.

San Basilio, cerca de 330 – 379
Epístolas
922     199 [Canónica 2, a Anfiloquio, año 375], can. 48. La que ha sido abandonada por su marido, según mi sentencia, debe permanecer. Pues si el Señor dijo: “El que abandona a su mujer, excepto en causa de fornicación, la hace ser adúltera” [Mt. 5, 32], por Él es que ella es llamada adúltera, se le impide la conjunción con otro. Pues, ¿de qué modo puede cualquier esposo ser tenido como reo, en cuanto que es causa de adulterio, y la mujer ser excusada, la cual es tenida como adúltera por el Señor por su conjunción con otro?

S. Gregorio de Nacianzo, cerca de 329 - 389/390
Oraciones
1002   Or. 37 (año 380), 6. Pues, ¿cuál fue la causa por la que [los fariseos, cf. Mt. 19, 1 ss.] castigaron a la mujer para que vuelva a ser entregada a otro hombre? ¿Y por qué la mujer ha sido considerada con maldad como adúltera cuando ha realizado el coito con otro hombre, y, en consecuencia, ha sido castigada ásperamente por las leyes, cuando el varón no debe dar cuentas de la prostitución de la mujer? No acepto con resignación este código legal, ni tampoco elogio la cohabitación.

S. Juan Crisóstomo, 349 – 407
Homilías sobre algunos lugares del Nuevo Testamento
1212   Sobre aquello: “La mujer está ligada por la ley”, etc, o acerca del libelo de repudio, 1. ¿Pues es cierta para nosotros aquella ley que Pablo estableció? Dice: “La mujer está ligada por la ley” [1 Cor. 7, 39]. Por lo tanto, es necesario que no se separe mínimamente, viviendo su marido, ni se añada otro esposo, ni se dirija a las segundas nupcias. Y observa con cuánta diligencia sea apropiado el uso de estas palabras. Pues no dice: “Cohabite con su marido mientras viva”; sino: “La mujer está ligada por la ley tanto tiempo mientras viva su esposo”; y por lo tanto aunque le dé el libelo de repudio, aunque deje su casa, aunque se adhiera a otro hombre, está ligada y es adúltera según la ley… Para que tú no dejes para otros redactando leyes, mandando dar libelos de repudio, y separando a los esposos violentamente. Pues no serás juzgado por Dios en aquel día según aquellas leyes, sino según las que Él mismo estableció.

S. Ambrosio, cerca de 333 – 397
Exposición del Evangelio según san Lucas, 385/389
1308   8, 5. Pues tú expulsas a tu mujer casi como de derecho, sin crimen; y piensas que para ti es lícito lo que la ley humana no prohíbe; pero la ley divina sí. Lo que es elogiado por los hombres, es despreciado por Dios. Escucha la ley del Señor, a la que deben obedecer también los que hacen las leyes: “Lo que Dios ha unido no lo separe el hombre” [Mt. 19, 6].

Sobre Abraham, 387
1322    L. I, c. 7, n. 59. A nadie le es lícito conocer a otra mujer fuera de su propia esposa. Por lo tanto, se te ha dado para ti el derecho del cónyuge, para que no caigas en la trampa ni delinques con otra mujer. “Estás unido a tu esposa, no busques tu separación” [1 Cor. 7, 27]; porque no te es lícito, viviendo tu esposa, conducirte hacia otra mujer. Pues también buscar otra, cuando tienes la tuya, es crimen de adulterio, y esto es más grave aún si lo que piensas con tu pecado lo buscas con la autoridad de la ley.

S. Jerónimo,  cerca de 342 – 419
Epístolas
1351   Epístola 55 [A Armando, quizá antes del 398], 3. Pues el Apóstol define con claridad todos los casos separándolos, ya que, viviendo el esposo, es adúltera la mujer que se casa con otro… Mientras vive su esposo, aunque fuese adúltero, o sodomita, o estuviera cubierto con todos los crímenes y por estos delitos fuera abandonado por su esposa, será reputado como su esposo, y por ende no le será lícito tomar a otro marido.
1352    Epístola 77 [A Océano, año 399], 3. Unas son las leyes del César, otras las de Cristo; unas las que nos mandó Papiniano, otras Pablo. Para aquellas los frenos de la pureza son relajados en sus esposos, y estando condenado sólo el estupro y el adulterio, son permitidos indistintamente los deseos sexuales por lupanares y con esclavas; pues la dignidad hace casi a la culpa, no la voluptuosidad. Por el contrario, para nosotros, que no nos es lícito ni las mujeres, ni tampoco los varones; y la misma esclavitud [del pecado] es juzgada con idéntica condición.

Comentarios al Evangelio según san Mateo, 398
1388    L. III, c. 19, v. 19. Pues dondequiera que hay fornicación, y sospecha de fornicación, la esposa es despedida licenciosamente. Porque también podía ocurrir que alguna calumnia recayera sobre un inocente, y que el crimen fuera lanzado a causa de la segunda cópula de las nupcias contra la antigua, y así se mandaría despedir a la primer mujer, para quedarse con la segunda, no teniendo derecho, viviendo aún la primera.

S. Agustín, 354 – 430
Sobre el bien conyugal, 400 / 401
1642     C. 24, n. 32. El bien de las nupcias para todas las naciones y para todos los hombres está en la causa de la generación y en la fe de la castidad; pues lo que pertenece al pueblo de Dios, y a la santidad del sacramento, por el cual va contra el orden establecido también el repudio del alejado para contraer nupcias con otro, mientras vive su esposo, ni siquiera por la misma causa de la generación; la cual como sea única la causa por la cual las bodas se realizan, ni siquiera con la misma cosa no subsiguiente por la cual se realiza se desata el vínculo nupcial sino sólo con la muerte del cónyuge. De la misma manera se realiza la ordenación del clero para congregar al pueblo, aun cuando no se siga luego la congregación del pueblo, permanece sin embargo en aquellos ordenados al sacramento de la ordenación, y si por alguna culpa alguno es removido de su oficio, no carecerá con el sacramento del Señor impuesto de una vez para siempre, cuanto quiera que permanece hasta el juicio.

Sobre los cónyuges adulterinos, 419
1861   L. I, c. 9, n. 9. Pues de tal modo que si dijéramos: “Condujo a cualquier mujer expulsada por su marido a causa de la fornicación, adultera”, por esto lejos de dudas en verdad decimos no que aquel que condujo a aquella, que fue expulsada a causa de la fornicación, lo absolvemos de este crimen; sino que sin dudar decimos que los dos son adúlteros. Por eso no defendemos de esta caída pecaminosa a aquel que fue expulsado a causa de la fornicación y se condujo hacia otra. Pues ambos son conocidos como adúlteros, aunque uno más grave que el otro.
1863   L. II, c. 4, n. 4.Pues, viviendo el marido, será llamada adúltera, si estuviera con otro hombre. Pero cuando hubiese muerto su esposo, estará liberada por la Ley, para que no sea adúltera, si estuviese con otro hombre” [Rom. 7, 3]. Estas palabras del Apóstol tan a menudo repetidas, tan a menudo inculcadas, son verdaderas, son vivas, son sanas, son plenas. La mujer no comenzará a ser esposa de ningún varón posterior, sino más bien del que deseó primero. Pues la mujer que deseó serlo de otro anterior, cuando muera su esposo, no es adúltera. Lícitamente, entonces, es despedido el cónyuge por causa de fornicación; pero permanece el vínculo del pudor, a causa del cual se hace reo del adulterio, el que también conduce a la repudiada por esta causa de fornicación.

Sobre las nupcias y la concupiscencia, 419 / 420
1867   L. I, c. 10, n. 11. Porque realmente no sólo la fecundidad, cuyo fruto es la prole, ni tampoco sólo la castidad, cuyo vínculo es la fe, sino también el verdadero sacramento de las nupcias es encomendado a los fieles cónyuges, de donde dice el Apóstol: “Maridos, amad a vuestras mujeres, como también Cristo ama a la Iglesia” [Ef. 5, 25]; lejos de dudas, es la realidad de este sacramento, en cuanto que el varón y la mujer unidos en matrimonio mientras viven perseveran unidos inseparablemente, y no le es lícito, excepto en caso de fornicación, a un cónyuge separarse de otro [Mt. 5, 32]… Lo que si alguno lo hizo, no con la ley de este mundo, es concedido sin crimen con la intervención del repudio con otros unirse a otros matrimonios, lo que también el Señor ha testificado al santo Moisés que permitiera a los israelitas, a causa de la dureza de sus corazones, aunque con la ley del Evangelio es reo de adulterio, como también aquella que se casa con otro [Mt. 19, 8-9]… Así permanece entre los vivientes tal bien conyugal, que ni la separación ni con otra cópula puede ser arrancada. Y permanece la pena de la culpa, no el vínculo de la ley; del mismo modo que el alma del apóstata, alejándose del yugo de Cristo, incluso con la pérdida de la fe, no pierde el sacramento de la fe, que aceptó con el lavado de la regeneración.

S. Inocencio I, Papa, 401 – 407
Epístolas
2015   Epístola 2, 13, 15 [A Victricio, escrita en el año 404]. Del mismo modo que los que se han casado espiritualmente en Cristo, y merecieron ser velados por el sacerdote, si después o públicamente se casan o a escondidas rompen entre ellos, no les está permitido hacer penitencia, sino sólo a los que, después de haberse unido entre sí, se hubieran separado según el siglo. Si, pues, esta razón es custodiada por todos, en cuanto que, viviendo su esposo se case con cualquier otro, será tenida como adúltera, ni se le conceda licencia para hacer penitencia, salvo que uno de los dos fuese difunto. ¡Cuánto más ha de ser tenida aquella que, uniéndose con su propio esposo ante el Inmortal, luego se muda hacia las nupcias humanas!
(2017) Epístola 36 [A Probo, año desconocido]. Establecemos, favorecidos por la fe católica, que aquello es un matrimonio, que estaba fundado originariamente con la gracia divina; y que la convivencia con la segunda mujer, estando superpuesta a la primera aunque haya sido expulsada por el divorcio, no puede ser legítima por ningún pacto.

Teodoreto de Ciro, cerca de 386 – 458
Compendio de fábulas heréticas, después de 451
2155    L. V, c. 25. Si fuese malo el matrimonio, de ningún modo a aquel lo hubiese constituido desde el principio el Señor Dios, ni sería llamado bendición la recepción de los hijos. Por esta causa, pues, a los antiguos no prohibió tener muchas esposas, para que  aumentara el género humano… El mismo Señor no sólo no prohibió el matrimonio, sino que también fue invitado a las nupcias y les dio el vino producido sin cultivar como don para las nupcias. Más adelante, pues, confirma la ley del matrimonio (como si alguien quisiera desatarlo a causa de la fornicación), conteniéndolo con otra ley, pues dice: “Cualquiera que despide a su esposa, salvo por fornicación, la hace adulterar” [Mt. 5, 32].

S. Gregorio I Magno, 540 – 604
Epístolas
2297    (L. XI) Epístola 45 [A la patricia Teoctistas]. Pues si dicen que los matrimonios deben ser disueltos a causa de la religión, hay que saber que, aunque esta ley humana lo conceda, sin embargo la ley divina lo prohíbe. Pues dice por sí la Verdad: “Lo que Dios unió, no lo separe el hombre” [Mt. 19, 6]. La que también dice: “No es lícito despedir a la esposa, excepto por causa de fornicación” [Mt. 19, 9]. ¿Quién puede, pues, contradecir a este legislador celestial?

Que ni siquiera en caso supuesto de adulterio uno de los cónyuges puede disolver
Pastor de Hermas, 140/155
86         Mand. 4, 1, 4. Yo le digo: “Señor, permíteme que te interrogue un poco”. “Dime”, me dice. “Señor, dije, si el que tiene mujer fiel en el Señor y la sorprende en adulterio con otro, ¿acaso peca el marido, si convive con ella?” 5. “Mientras que lo ignore, dice, no peca; pero si el marido conoce su pecado y la mujer no hace penitencia, sino que permanece en su fornicación y convive el marido con ella, se hace partícipe de su pecado y es compañero de su adulterio.” 6. “Por lo tanto, digo, ¿qué debe hacer el marido, si su esposa permanece en esta afección?” “Que la expulse, dice, y el esposo que permanezca consigo; ‘pues si expulsa a su mujer y se une a otra, él mismo comete adulterio’ [Mc. 10, 11; Mt. 19, 9]”.

Orígenes, 185/186 – 254/255
Comentario al Evangelio según san Mateo, después del 244
507     Tom. 14, n. 24. También el que se abstiene de esposa, obra a veces como el que comete adulterio, cuando da satisfacción a su libido, aunque el que lo hace sea conducido a una especie de mayor santidad o castidad; y quizá es digno de mayor reprensión aún el que, en cuanto está en posesión de sí, obra repudiándola para que adultere no satisfaciéndola, haciendo que cometa estupro sin causa, salvo los repudiados a causa de la magia, del asesinato o de algo muy grave que le hace daño. Del mismo modo es adúltera la esposa, aunque parezca que se ha casado con otro hombre, el cual hasta el presente está vivo; así también el varón que ha conducido a la repudiada debe ser llamado no como el mismo marido sino como adúltero, como lo ha demostrado nuestro Salvador.

Lactancio
Instituciones Divinas, 305/310
642     L. VI, c. 23, n. 33. Para que no se piense que se pueden circunscribir los divinos preceptos, son añadidos aquellos, para que toda calumnia y ocasión de fraude sea removida, es llamado adúltero el que conduce hacia sí a la repudiada por su marido, y el que repudió a su mujer excepto en el caso del crimen del adulterio, para conducirse hacia otra [Mt. 5, 32; 19, 9]; pues Dios no quiere que el cuerpo sea disociado y arrastrado en diversas direcciones.

San Hilario, cerca de 315 – 366
Comentario al Evangelio según san Mateo, 353 – 355
854     C. II, n. 22. Pues está escrito: El que despide a su mujer, que le dé un repudio, etc.” [Mt. 5, 31]. El que concilia la equidad en todos, manda que ella permanezca máximamente en la paz del matrimonio y añadiendo más numerosas leyes, sin merecer nada. Ni verdaderamente puede demostrarse la partida. Pues aunque la ley atribuyese la libertad de dar un repudio por la autoridad del libelo, ahora la fe evangélica no sólo indicó al marido la voluntad de paz, sino que también impuso el verdadero reato de unión en el adulterio de la mujer, si se ha de casar con otro por la necesidad de la partida, sin prescribir ninguna otra causa para terminar con el cónyuge, la que está manchada con la sociedad de la esposa como el varón con la prostituta.

San Basilio, cerca de 330 – 379
Epístolas
922     199 [Canónica 2, a Anfiloquio, año 375], can. 48. La que ha sido abandonada por su marido, según mi sentencia, debe permanecer. Pues si el Señor dijo: “El que abandona a su mujer, excepto en causa de fornicación, la hace ser adúltera” [Mt. 5, 32], por Él es que ella es llamada adúltera, se le impide la conjunción con otro. Pues, ¿de qué modo puede cualquier esposo ser tenido como reo, en cuanto que es causa de adulterio, y la mujer ser excusada, la cual es tenida como adúltera por el Señor por su conjunción con otro?

S. Jerónimo,  cerca de 342 – 419
Epístolas
1351   Epístola 55 [A Armando, quizá antes del 398], 3. Pues el Apóstol define con claridad todos los casos separándolos, ya que, viviendo el esposo, es adúltera la mujer que se casa con otro… Mientras vive su esposo, aunque fuese adúltero, o sodomita, o estuviera cubierto con todos los crímenes y por estos delitos fuera abandonado por su esposa, será reputado como su esposo, y por ende no le será lícito tomar a otro marido.
S. Agustín, 354 – 430
Sobre los cónyuges adulterinos, 419
1861   L. I, c. 9, n. 9. Pues de tal modo que si dijéramos: “Condujo a cualquier mujer expulsada por su marido a causa de la fornicación, adultera”, por esto lejos de dudas en verdad decimos no que aquel que condujo a aquella, que fue expulsada a causa de la fornicación, lo absolvemos de este crimen; sino que sin dudar decimos que los dos son adúlteros. Por eso no defendemos de esta caída pecaminosa a aquel que fue expulsado a causa de la fornicación y se condujo hacia otra. Pues ambos son conocidos como adúlteros, aunque uno más grave que el otro.
1863   L. II, c. 4, n. 4.Pues, viviendo el marido, será llamada adúltera, si estuviera con otro hombre. Pero cuando hubiese muerto su esposo, estará liberada por la Ley, para que no sea adúltera, si estuviese con otro hombre” [Rom. 7, 3]. Estas palabras del Apóstol tan a menudo repetidas, tan a menudo inculcadas, son verdaderas, son vivas, son sanas, son plenas. La mujer no comenzará a ser esposa de ningún varón posterior, sino más bien del que deseó primero. Pues la mujer que deseó serlo de otro anterior, cuando muera su esposo, no es adúltera. Lícitamente, entonces, es despedido el cónyuge por causa de fornicación; pero permanece el vínculo del pudor, a causa del cual se hace reo del adulterio, el que también conduce a la repudiada por esta causa de fornicación.

Se exceptúa, sin embargo, el caso del Apóstol
S. Juan Crisóstomo, 344 – 407
Homilías en la primera carta a los Corintios, cerca del 392
1190   Homilía 19, n. 3.Si la parte infiel se separa, sepárese” [1 Cor. 7, 15]. Pues aquí no hay fornicación. ¿Qué quiere decir aquello de: “Si la parte infiel se separa”? Por ejemplo, si te manda a causa del matrimonio o sacrificar o hacerte compañera de la impiedad, o ser expulsada, es mejor destruir el matrimonio que la religión piadosa.

S. Ambrosio, cerca del 333 – 397
Exposición del Evangelio según san Lucas, 385 / 389
1307   8, 2. Si todo matrimonio es unido por Dios, no es lícito que sea disuelto todo matrimonio. Y ¿por qué el Apóstol dice: “Si la parte infiel se separa, sepárese” [1 Cor. 7, 15]? En esto es admirable, y no queráis que la causa del divorcio resida junto a los cristianos, ni tampoco mostrar que todo matrimonio viene de Dios; sino que las cristianas son unidas a los gentiles según el juicio de Dios, aunque la ley lo prohíba.



[1] El texto fue publicado originariamente en la página Adelante la Fe, el día 21 de noviembre de 2015, como puede verse aquí.
[2] Pablo VI, Carta a su Emncia. el card. Miguel Pellegrino en el centenario de la muerte de J. P. Migne, 10 de mayo de 1975: AAS 67 (1975), pág. 471. 
[3] Juan Pablo II, Alocución Sono fleto, a los profesores y alumnos del Instituto Patrístico “Augustinianum”, 8 de mayo de 1982: AAS 74 (1982), pág. 798: “Meterse, pues, en la escuela de los Padres quiere decir aprender a conocer mejor a Cristo y a conocer mejor al hombre. Este conocimiento, científicamente documentado y probado, ayudará enormemente a la Iglesia en la misión de predicar a todos, como hace sin descanso, que sólo Cristo es la salvación del hombre”. 
[4] Pablo VI, Alocución I nostri passi, en la inauguración del Instituto Patrístico “Augustinianum”, 4 de mayo de 1970: AAS 62 (1970), pág. 425: “Como pastores, pues, los Padres sintieron la necesidad de adaptar el mensaje evangélico a la mentalidad de su tiempo y de nutrir con el alimento de la verdad de la fe a sí mismos y al pueblo de Dios. Esto hizo que para ellos catequesis, teología, Sagrada Escritura, liturgia, vida espiritual y pastoral se unieran en una unidad vital y que no hablaran solamente a la inteligencia, sino a todo el hombre, interesando el pensamiento, el querer y el sentir”. 
[5] Juan Pablo II, Exhort. Apost. Catechesi tradendae, 16 de octubre de 1979: AAS 71 (1979), pág. 1287, n. 12. 
[6] Juan Pablo II, Alocución Sono lieto, a los profesores y alumnos del Instituto Patrístico “Augustinianum”, 8 de mayo de 1982: AAS 74 (1982), págs. 796 s. 
[7] Ib., págs. 797 s.
[8] Juan Pablo 11, Carta Apost. Patres Ecclesiae, 2 de enero de 1980: AAS 72 (1980), pág. 6. 
[9] Congregación para la Educación Católica, Instrucción sobre el estudio de los Padres de la Iglesia en la formación sacerdotal, 30 de noviembre de 1989, n. 16.
[10] Traduzco aquí literalmente el texto del Pastor de Hermas, tal como aparece en el Enchiridion Patristicum. Sin duda, lo que dice no responde a la doctrina moral enseñada por la Iglesia: un cónyuge puede recibir a aquel que sabe que traicionó su pacto conyugal, haciendo entonces un acto heroico de caridad. Que el Pastor de Hermas no exprese en este pasaje la enseñanza perenne no debe escandalizarnos: ya hemos dicho en el primer artículo que los Padres expresan la doctrina y la moral de la Iglesia cuando enseñan lo mismo sobre la misma materia, con unanimidad, dando a conocer de este modo lo que la Iglesia cree o vive, no su opinión personal al respecto. Así lo definió el Concilio de Trento. 

lunes, 19 de febrero de 2018

El Matrimonio según los Padres de la Iglesia - 2 de 5

       
       « Padres de la Iglesia[1] se llaman con toda razón aquellos santos que, con la fuerza de la fe, con la profundidad y riqueza de sus enseñanzas, la engendraron y formaron en el transcurso de los primeros siglos [Cf. Gal. 4, 19][2].

        Son de verdad "Padres" de la Iglesia, porque la Iglesia, a través del Evangelio, recibió de ellos la vida [cf. 1 Cor. 4, 15]. Y son también sus constructores, ya que por ellos —sobre el único fundamento puesto por los Apóstoles, es decir, sobre Cristo— [cf. 1 Cor. 3, 11] fue edificada la Iglesia de Dios en sus estructuras primordiales.

         La Iglesia vive todavía hoy con la vida recibida de esos Padres; y hoy sigue edificándose todavía sobre las estructuras formadas por esos constructores, entre los goces y penas de su caminar y de su trabajo cotidiano.

         Fueron, por tanto, sus Padres y lo siguen siendo siempre; porque ellos constituyen, en efecto, una estructura estable de la Iglesia y cumplen una función perenne en pro de la Iglesia, a lo largo de todos los siglos. De ahí que todo anuncio del Evangelio y magisterio sucesivo debe adecuarse a su anuncio y magisterio si quiere ser auténtico; todo carisma y todo ministerio debe fluir de la fuente vital de su paternidad; y, por último, toda piedra nueva, añadida al edificio santo que aumenta y se amplifica cada día [cf. Ef. 2, 21], debe colocarse en las estructuras que ellos construyeron y enlazarse y soldarse con esas estructuras.

         Guiada por esa certidumbre, la Iglesia nunca deja de volver sobre los escritos de esos Padres —llenos de sabiduría y perenne juventud— y de renovar continuamente su recuerdo. De ahí que, a lo largo del año litúrgico, encontremos siempre, con gran gozo, a nuestros Padres y siempre nos sintamos confirmados en la fe y animados en la esperanza.

Nuestro gozo es todavía mayor cuando determinadas circunstancias nos inducen a conocerlos con más detenimiento y profundidad.»[3]

Estas palabras del Papa Juan Pablo II no han olvidarse. Hoy son profundamente actuales, dada la confusión armada por los grupos de presión dentro y fuera de la Iglesia para cambiar la doctrina sacramental, en particular en lo referente a los sacramentos del Matrimonio, de la santa Comunión y de la Confesión, alterando de este modo su enseñanza moral.

Este artículo es continuación del anterior. Para profundizar las notas necesarias para que un escritor sea considerado Padre de la Iglesia, y para explicar las referencias que contiene el Enchiridion Patristicum a continuación, remitimos a ese escrito.

El matrimonio cristiano es un verdadero sacramento
S. Ignacio de Antioquía, † 107
Epístola a Policarpo
67         5, 1. Recomienda a mis hermanas que amen al Señor y que se contenten con sus maridos, en la carne y en el espíritu. Igualmente, predica a mis hermanos, en nombre de Jesucristo, “que amen a sus esposas como el Señor a la Iglesia” [Ef. 5, 25. 29]. 2. Si alguno se siente capaz de permanecer en castidad para honrar la carne del Señor, que permanezca en humildad. Si se engríe, está perdido, y si se estimare en más que el obispo, está corrompido. Respecto a los que se casan, esposos y esposas, conviene que celebren su enlace con el conocimiento del obispo, a fin de que el matrimonio sea conforme al Señor y no por el solo deseo. Que todo se haga para honra de Dios.

Tertuliano, cerca de 160 – 222/223
A su esposa, 200/206
319       2, 7. Pues si el matrimonio frente a Dios es rato de este modo [del fiel con la mujer pagana, y viceversa], para que no ceda con la prosperidad, como tampoco no sea lacerado ni por las tribulaciones, ni por las angustias, ni por los impedimentos y ni por las faltas morales, teniendo ya el patrocinio de parte de la gracia divina.

320       2, 9. ¿Hay que dudar, inquirir y deliberar la identidad, o si sea idóneo para llevar los dotes, a quien Dios confió su propio censo? De donde nos alcanza para proclamar la felicidad de su matrimonio, que la Iglesia une, la oblación confirma y la bendición refrenda, los ángeles proclaman y el Padre lo tiene como invariable.

Sobre la castidad, 217/223[4]
384       4. En nuestro poder están también las uniones matrimoniales ocultas, esto es, las no profesadas con anterioridad ante la Iglesia, las que deben ser juzgadas, al igual que el adulterio y la fornicación.

Orígenes, 185/186 – 254/255
Comentarios al Evangelio según san Mateo, posterior al 244
505       Tomo 14, n. 16. En verdad, Dios es el que a los dos los ha unido íntimamente en uno, en cuanto que, desde que la mujer se casa con su esposo, ya no sean más dos; y porque Dios los unió, por eso permanece en ellos la gracia, en los que han sido unidos por Dios. No ignorando Pablo que el matrimonio es conveniente por la Palabra de Dios declara que es una gracia, de tal modo que el casto celibato es la gracia [cf. Ef. 5, 32].

S. Epifanio, cerca 315 – 403
Contra el hereje Panario, 374 - 377
1094    Herejía 51, c. 30. En Caná de Galilea fueron celebradas unas nupcias con gran solemnidad, y el agua verdaderamente llegó a ser vino elegido convenientemente por dos razones: para que la libido dispersa de los hombres furiosos en el mundo sea contenida en la castidad y la honestidad de las nupcias, y para que se enmiende lo que falta y se ablande con la suavidad de la gracia y del vino más ameno; y también para cerrar las bocas de aquellos que se han levantado contra el Señor, para que Él mismo sea declarado Dios, junto con el Padre y el Espíritu Santo.
S. Juan Crisóstomo, 344 – 407
Homilías al Evangelio según san Mateo, cerca del 390
1176    62, 1. Lo que Dios unió, no lo separe el hombre” [Mt. 19, 6]. Observa la sabiduría del Maestro. Pues interrogado por “si es lícito”, no dice inmediatamente: no es lícito, para que no murmuren ni se perturben; sino que, antes de pronunciar la sentencia, establece con claridad a través de lo que está preparado, mostrando cuál es el precepto de su Padre, y que no habrá preceptuado en esto contra Moisés, sino más bien con perfecta conveniencia… Pues ahora también por la justa medida de la creación y por la forma de la ley se muestra que uno siempre debe habitar con una, y nunca debe separarse.

S. Ambrosio, cerca de 333 – 397
Epístolas
1249     19 [A Vigilio, año 385], 7. Si nada hay de cerca tan grave que el copular con un extraño, donde son encendidos los escándalos del sacrilegio y los incentivos de la discordia y de los deseos libidinosos. Pues cuando el mismo cónyuge es necesario que sea santificado con la envoltura y la bendición sacerdotal, ¿de qué modo puede ser llamado cónyuge, donde no está la concordia de la fe?

1253       42 [Al Papa s. Siricio, cerca del año 392], 3. Ni nos negamos a que lo santificado por Cristo sea llamado matrimonio, pues dice la divina voz: “Serán ambos una sola carne” [Mt. 19, 5] y un solo espíritu, pero antes es lo que somos por nacimiento, que lo que somos por efecto; y contiene mayor excelencia el misterio de la obra divina que el remedio de la humana fragilidad. Es alabada con derecho la buena esposa, pero es preferida por mejor la piadosa virgen.

S. Agustín, 354 – 430
Sobre el bien conyugal
1640       C. 3, n. 3. Pues es bueno el matrimonio, lo que también confirmó el Señor en el Evangelio, no sólo porque prohibió expulsar a la esposa salvo por causa de fornicación [Mt. 19, 6], sino también porque vino invitado a las nupcias [Jn. 2, 2], se busca por qué sea su buen mérito. Lo que para mí no parece solamente a causa únicamente de la procreación de los hijos, sino también a causa de la misma natural sociedad en diverso sexo… Tienen también sus seres esponsalicios como un bien, que aunque la incontinencia carnal o juvenil sea viciosa, se vuelve honesta para propagar la prole, para que la cópula conyugal realice cosas buenas desde la maldad de los deseos libidinosos.

Tratado del Evangelio según san Juan, 416/417
1812     9, 2. Por esto, pues, el Señor fue invitado a las nupcias, para que quede firme la castidad conyugal, y se muestre el sacramento de las nupcias; porque también el esposo de aquellas nupcias figuraba la persona del Señor, a quien se le dijo: “Guardaste el buen vino hasta ahora” [Jn. 2, 10]. Pues Cristo guardó el buen vino hasta ahora, esto es, su Evangelio.

Sobre las nupcias y la concupiscencia, 419 / 420
1867     L. I, c. 10, n. 11. Porque realmente no sólo la fecundidad, cuyo fruto es la prole, ni tampoco sólo la castidad, cuyo vínculo es la fe, sino también el verdadero sacramento de las nupcias es encomendado a los fieles cónyuges, de donde dice el Apóstol: “Maridos, amad a vuestras mujeres, como también Cristo ama a la Iglesia” [Ef. 5, 25]; lejos de dudas, es la realidad de este sacramento, en cuanto que el varón y la mujer unidos en matrimonio mientras viven perseveran unidos inseparablemente, y no le es lícito, excepto en caso de fornicación, a un cónyuge separarse de otro [Mt. 5, 32]… Lo que si alguno lo hizo, no con la ley de este mundo, es concedido sin crimen con la intervención del repudio con otros unirse a otros matrimonios, lo que también el Señor ha testificado al santo Moisés que permitiera a los israelitas, a causa de la dureza de sus corazones, aunque con la ley del Evangelio es reo de adulterio, como también aquella que se casa con otro [Mt. 19, 8-9]… Así permanece entre los vivientes tal bien conyugal, que ni la separación ni con otra cópula puede ser arrancada. Y permanece la pena de la culpa, no el vínculo de la ley; del mismo modo que el alma del apóstata, alejándose del yugo de Cristo, incluso con la pérdida de la fe, no pierde el sacramento de la fe, que aceptó con el lavado de la regeneración.

1876     L. II, c. 26, n. 43. No son las nupcias la causa del pecado, que lleva consigo al que nace y es purificado el que renace; sino que la causa del pecado es el pecado original voluntario del primer hombre… 27, 44. ¿Qué es, pues, lo que [Juliano] busca en nosotros: A causa de qué se encuentra el pecado en el párvulo, si por propia voluntad, o por las nupcias, o por sus padres?… 45. A todo esto aquí responde el Apóstol, que ni la propia voluntad inculpa al párvulo, que propiamente en aquel todavía no está inclinado al pecado; ni las nupcias en cuanto que las nupcias son, no sólo las que tienen la institución por Dios, sino también su verdadera bendición; ni los padres en cuanto que son padres, los cuales al estar desposados lícita y legítimamente de modo recíproco procrean a sus hijos; sino más bien: “Por un solo hombre, dice, entró el pecado en este mundo, y por el pecado la muerte; y así pasó a todos los hombres, en el que todos pecaron” [Rom. 5, 12].

S. Cirilo de Alejandría, † 444
Comentario al Evangelio según san Juan, después (o cerca) del 428
2108      L. II c. 1 (2, 1). Cuando se celebraron las nupcias [cf. Jn. 2, 1 ss.], en efecto de modo casto y honesto, no sólo estaba presente la Madre del Salvador, sino que también Él mismo con sus discípulos fue invitado, no sólo como comensal sino en cuanto puede hacer milagros, e incluso antes para santificar el principio de la generación humana, lo que en efecto se extiende incluso hasta la carne.

Teodoreto de Ciro, cerca de 386 – 458
Compendio de fábulas heréticas, después de 451
2155    L. V, c. 25. Si fuese malo el matrimonio, de ningún modo a aquel lo hubiese constituido desde el principio el Señor Dios, ni sería llamado bendición la recepción de los hijos. Por esta causa, pues, a los antiguos no prohibió tener muchas esposas, para que  aumentara el género humano… El mismo Señor no sólo no prohibió el matrimonio, sino que también fue invitado a las nupcias y les dio el vino producido sin cultivar como don para las nupcias. Más adelante, pues, confirma la ley del matrimonio (como si alguien quisiera desatarlo a causa de la fornicación), conteniéndolo con otra ley, pues dice: “Cualquiera que despide a su esposa, salvo por fornicación, la hace adulterar” [Mt. 5, 32].

S. León I Magno, Papa, 440 – 461
Epístolas
2189     167 [A Rústico, Obispo narbonense, año 458/459], 4. Una es la esposa, y otra la concubina; como una es la esclava, y otra la libre. Por esto también el Apóstol, para manifestar la discreción entre las personas, coloca el testimonio del Génesis, en el que se le dice a Abraham: “Expulsa a la esclava y a su hijo, pues no será heredero el hijo de la esclava con mi hijo Isaac” [Gen. 21, 10]. De donde como la sociedad de las nupcias ha sido constituida desde el principio, en cuanto que más adelante la conjunción de los sexos tiene en sí misma el sacramento entre Cristo y la Iglesia [Ef. 5, 32], no hay duda que la otra mujer no pertenece al matrimonio, en la que se enseña que no hubo misterio nupcial.

S. Máximo de Turín, siglo V
Homilías
2218       23. Invitado, pues, como se lee [Jn. 2, 1 ss.], el Señor prosiguió hasta las nupcias, en cuanto se digna con esto el Hijo de la Virgen (es la razón de nuestra erudición), en cuanto que, con este docto ejemplo, no neguemos al Autor de aquellas legítimas nupcias. Va, pues, a las nupcias, el Hijo de Dios, para que, el que las ha constituido con su potestad hace algún tiempo, ahora las santifique con la bendición de su presencia.

S. Juan Damasceno, fin del siglo VII – Antes del 754
La fe ortodoxa
2374      L. IV, c. 24. La virginidad es un género de vida angélico, señal peculiar de toda naturaleza incorpórea. Lo que decimos no lo hacemos para denigrar al matrimonio, ¡qué esté ausente tal idea! Pues sabemos que el Señor ha bendecido con su presencia a las nupcias, y tenemos presente a Aquel que dijo: “El matrimonio es honorable y el lecho, inmaculado” [Heb. 13, 4], sino porque conocemos que la virginidad es preferible a las nupcias, por muchos bienes que ellas contienen.


Se perfecciona con el mutuo consenso de los cónyuges;
por lo tanto hubo verdadero  matrimonio entre María y José

S. Ambrosio, cerca de 333 – 397
Sobre la institución de la virgen, 391/392
1326       C. VI, n. 41. Sin que algo cambie se dice que “José tomó a su cónyuge y partió hacia Egipto” [Mt. 1, 24; 2, 14]; pues desposada con su varón tomó el nombre de cónyuge. Pues cuando se inicia el matrimonio, entonces admite el nombre de cónyuge; dado que el matrimonio lo hace no la defloración de la virginidad, sino el pacto conyugal. En fin, cuando se estrecha las manos de la niña es cónyuge, no cuando es conocida con mezcla viril.

S. Jerónimo, cerca de 342 – 419
Sobre la perpetua virginidad de la Santísima Virgen, contra Helvidio, cerca del 383
1361     19. Creemos que Dios ha nacido de Virgen, porque lo leemos; no creemos que María se haya desposado después del parto; porque no lo leemos. Esto lo decimos no porque condenemos las nupcias: como quiera que la misma virginidad es fruto de las nupcias… Tú dices que María no permaneció Virgen; yo la reivindicó aún más, pues también el mismo José fue virgen por María, para que desde el matrimonio virginal naciera el Hijo virgen.

S. Agustín, 354 – 430
El consenso de los Evangelistas, 400
1610    L. II, c. 1, n. 2. Seguimos, pues la humana generación de Cristo según san Mateo, conmemorando los padres desde Abraham, los cuales llegan hasta José “el esposo de María, de la cual nació Jesús” [Mt. 1, 16]. Pues la ley divina era para que él ni siquiera pensara separarse de su cónyuge María, no porque hubiera yacido con él, sino porque Virgen engendró a Cristo. Con este ejemplo magníficamente se insinúa a los fieles cónyuges a guardar también la continencia por consenso mutuo, pudiendo permanecer y ser llamado matrimonio, no por el desorden del sexo del cuerpo, sino custodiado por el afecto de la mente.

Sobre las nupcias y la concupiscencia, 419/420
1868   L. I, c. 11, n. 12. A quienes agradó contenerse perpetuamente por consenso del uso carnal de la concupiscencia, que se abstenga en cuanto que el vínculo conyugal entre ellos se rompa; por el contrario, será más firme con quien más unieron a este pacto consigo, los que más queridos y concordes lo han guardado, no por nexos voluptuosos de los cuerpos, sino por voluntarios afectos de las almas. Pues no es falaz lo que el ángel le dijo a José: “No temas recibir a María, tu cónyuge” [Mt. 1, 20]. Es llamada cónyuge por la primera fe de dispensación, la que no fue conocida en el lecho ni habría de serlo.




[1] Este texto fue originariamente publicado en la página Adelante la Fe el 10 de octubre de 2015, como puede verse aquí.
[2] Vincentius Lirinensis, Commonitorium I, 3, PL 50, 641.
[3] Juan Pablo II, Carta Apostólica Patres Ecclesiae, 2 de enero de 1980, I- Introducción
[4] Hay que atender al Tertuliano montanista en el libro De Pudicitia en el que se retracta de algunas cosas que enseñó como católico en el libro De Paenitentia sobre la remisión de los pecados; que él mismo reconoce: “El título estará, pues, aquí, contra los psíquicos, incluso también contra mis propias sentencias en aquella sociedad, en otro tiempo bajo su poder, con el que se oponen tanto más para mí en indicio de futilidad. Nunca el repudio de la sociedad es un juicio previo del delito; en cuanto que no sea más fácil errar con muchos, cuando la verdad es amada por pocos. Pues ante mí no más es deshonrado el útil levita, que embellecido lo nocivo. No soy difundido con error, del cual carezco, porque con alegría he estado privado de él, ya que reconozco en mí la castidad y lo mejor.” (De Pudic. 1; ed. Pr. p. 19)